ExtraEsta es la reglamentación del incidente de impacto fiscal (3:00 p.m.)
18 de Diciembre de 2013
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Nota:
93799
La Presidencia de la Republica publicó el texto de la Ley 1695, la cual desarrolla el artículo 334 de la Constitución Política, que creó el incidente de impacto fiscal como mecanismo para garantizar la sostenibilidad fiscal de la Nación. Según la nueva norma, la Procuraduría General o los ministerios podrán solicitar la apertura del mencionado mecanismo y este procederá respecto de todas las sentencias o autos que se profieran en las altas corporaciones, incluidas decisiones de tutela. Para este último caso, en la audiencia participará el pleno de la sala de la respectiva corporación, y cuando se trate de una sentencia de revisión de tutela participará el pleno de la Corte Constitucional. Así mismo, se advierte que bajo ninguna circunstancia se podrá invocar la sostenibilidad fiscal para menoscabar derechos, restringir su alcance o negar su protección efectiva. Solo habrá dos razones para rechazar el incidente: cuando se presente por fuera del término previsto y cuando no se corrija dentro del tiempo establecido. Por último, el trámite del incidente será obligatorio, razón por la cual, una vez notificado el auto que lo admite, no se podrá desistir.
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