En fallo de destitución del Gobernador del Valle, Procuraduría recordó que la participación en política es una falta de conducta y no de resultado (9:39 a.m.)
07 de Mayo de 2010
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Nota:
66202
Aunque un gobernador departamental no ejerce una subordinación o jerarquía funcional sobre los alcaldes, influye en el diseño de las soluciones a las necesidades de los municipios y tiene injerencia en la gestión que persiguen los burgomaestres locales para su comunidad. Así lo señaló la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública en el fallo que sancionó disciplinariamente al actual gobernador del Valle, Juan Carlos Abadía, por utilizar el cargo para participar en las actividades de los partidos y movimientos políticos y en las controversias políticas, luego que se comprobara que estuvo en una reunión con el pre candidato presidencial Andrés Felipe Arias, donde se encontraban varios alcaldes. La entidad destituyó a Abadía y lo inhabilitó para desempeñar cargos públicos por 10 años, pues consideró que el ejercicio del derecho de participación política no constituye argumento para utilizar los elementos destinados al servicio público con fines proselitistas, así estos no sean evidentes o abiertos. En la decisión, se explicó que esta falta es de conducta y no de resultado, por lo que aunque no se consiguieron resultados a favor del candidato Arias en el departamento, no significa que no incurriera en la misma.
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