Desarrollos urbanos irregulares no eximen a la administración de garantizar el acceso a la movilidad (3:38 p.m.)
01 de Junio de 2010
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Nota:
66853
El Consejo de Estado amparó los derechos al goce del espacio público, seguridad pública y realización de construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respetando las disposiciones jurídicas de un grupo de habitantes de los sectores de Patio Bonito y Tintalito en Bogotá, debido a que la malla vial de Transmilenio construida en el sector no contempló la salida vehicular de varios barrios del sector ni la construcción de puentes peatonales. La Sección Primera explicó que el hecho de que los desarrollos urbanos hayan presentado un origen ilegal, es decir, que no cumplieran desde el principio con las normas y requerimientos técnicos para la construcción de vías, no impide que las autoridades administrativas garanticen el acceso o movilidad, máxime si se tiene en cuenta que estos habitantes tienen infraestructura de servicios públicos domiciliaros y son contribuyentes del sistema fiscal (C. P. Rafael E. Ostau De Lafont).
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