Derecho de las comunidades a que se les consulten los proyectos que los afectan puede ser amparado mediante tutela (10:25 a.m.)
25 de Marzo de 2010
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Nota:
65449
La consulta a comunidades indígenas ha sido considerada como una expresión de un derecho fundamental de participación, vinculado al derecho a la integridad cultural, social y económica, señaló la Corte Constitucional, por lo que es susceptible de amparo mediante tutela, pues por esta vía pueden hacer que no se hagan efectivas medidas que no hayan sido previa y debidamente consultadas y que se disponga la adecuada realización de las consultas necesarias. Por tal razón, la Sala Séptima de Revisión ordenó la suspensión de las actividades que se estén adelantando en desarrollo del contrato de concesión denominado Mandé Norte, para la exploración y explotación de cobre, oro, molibdeno y otros minerales, en los departamentos de Antioquia y Chocó. Según la corte, aunque hubo consulta, esta no se hizo con la comunidad directamente afectada con el proyecto, generándose el incumplimiento (M. P. Nilson Pinilla).
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