Consejo de Estado reiteró que la movilidad del salario no es un derecho absoluto, pero su limitación debe ser justificada (1:43 p.m.)
27 de Abril de 2010
Reproducir
Nota:
65991
El Consejo de Estado negó la solicitud de nulidad del Decreto 889 del 2001, que excluyó del incremento salarial correspondiente a un sector de empleados de la Personería Distrital de Bogotá. Según la Sección Segunda, dicha exclusión no vulneró el derecho a la igualdad ni el principio de movilidad del salario, pues la jurisprudencia ha reiterado que dicha movilidad no es un criterio mecánico y absoluto, sino que en ocasiones es posible que se suspenda su aplicación, motivadamente. La sala explicó que la medida se justificó adecuadamente porque las personas que se identificaron como afectados venían devengando un salario por encima de los límites fijados por el Gobierno Nacional para su rango, lo que no constituye una discriminación, sino que se trató de un ajuste para restablecer la igualdad con aquellos sectores de la administración que venían recibiendo un salario inferior a pesar de tener las mismas responsabilidades (C. P. Víctor Hernando Alvarado).
Opina, Comenta