Consejo de Estado niega demanda porque no pretendía reparación del daño de la administración (8:15 a.m.)
14 de Mayo de 2015
Reproducir
Nota:
100564
La Sección Tercera de la Corporación, pese a reconocer que en este caso particular existió una mora injustificada en la administración de justicia, que a la postre derivó en la declaración de prescripción de la acción penal en un delito de estafa, lo que haría responsable al Estado por el defectuoso funcionamiento y el daño antijurídico causado, determinó que lo pretendido por los demandantes, esto es, la pérdida de los dineros defraudados, no le resulta imputable a la Nación. Para la Sala, las pretensiones de la demanda no pueden estar dirigidas a recuperar las cifras que los accionantes dejaron de recibir como indemnización por el delito del que fueron víctimas, esto es, las cantidades en las que fueron estafados más algunos réditos, porque no existe ninguna relación entre la defraudación de la que fueron víctimas los demandantes y la actividad de la Rama Judicial. Finalmente, agregó, los demandantes tuvieron la oportunidad de obtener las respectivas compensaciones e indemnizaciones a través del ejercicio de las acciones civiles correspondientes, las cuales están consagradas en la ley (C.P Carlos Alberto Zambrano).
Opina, Comenta