Consejo de Estado declara la nulidad de la norma que limita la construcción de terminales de transporte al número de habitantes del municipio (8:00 a.m.)
30 de Mayo de 2011
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Nota:
73732
El Consejo de Estado declaró la nulidad de una expresión contenida en el artículo 9° del Decreto 2762 del 2001, con la que se limitaba la construcción de nuevas terminales de transporte a que los municipios contaran con una población mayor a 100 mil habitantes certificados. Según el alto tribunal, la medida no tenía en cuenta que los planes y programas diseñados por las oficinas de planeación municipal deben observar índices mínimos de movilización acordes con la oferta y demanda de pasajeros. Además, existen municipios que si bien no cuentan con el número mínimo de habitantes, tienen gran cantidad de afluencia turística o son paraderos obligados de vehículos de transporte público automotor. En esa medida, el número de habitantes no podía ser tomado como parámetro excluyente. Con estos argumentos, el consejo concluyó que se excedió la potestad reglamentaria y se desconocieron los principios de autonomía territorial y de igualdad (C.P. María Elizabeth García González).
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