Condicionar a las sociedades unipersonales a que se transformen en SAS no desconoce el derecho a la propiedad privada: Procuraduría (3:23 p.m.)
26 de Abril de 2010
Reproducir
Nota:
66023
El derecho a la propiedad no es de carácter absoluto porque sobre el mismo recaen obligaciones, deberes y limitaciones para su ejercicio, señaló la Procuraduría General de la Nación. A su juicio, el artículo 46 de la ley que creó la sociedad por acciones simplificada, SAS, (Ley 1258 del 2008) no limita el derecho a la propiedad privada al imponer la condición a las sociedades unipersonales creadas bajo los lineamientos de la Ley 1014 del 2006, de transformarse en SAS. Según el Ministerio Público, lo que hace la norma es fijar un término de tiempo para que las sociedades unipersonales se transformen en SAS, lo cual no implica la desprotección de los derechos adquiridos por los socios ni la extinción de la sociedad, pero sí garantiza los derechos y obligaciones de los mismos. Por tal razón, la procuraduría le pidió a la Corte Constitucional que declare exequible la disposición.
Opina, Comenta