Pasar al contenido principal
25 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 2 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


ATENCIÓN: Nuevamente prorrogan restricción temporal de acceso a sedes judiciales del país

24 de Agosto de 2020

Reproducir
Nota:
47170
Imagen
palacio-de-justiciahumbertopintoeditdate-1.jpg

El pasado 6 de agosto, el Consejo Superior de la Judicatura adoptó el Acuerdo PCSJA20-11614, que restringió el acceso a las sedes judiciales del país del 10 al 21 de agosto del 2020. 

 

Teniendo en cuenta que las condiciones de salubridad con base en las cuales se adoptó la anterior decisión se mantienen, el Consejo Superior dispuso extender estas medidas con el propósito de proteger la salud de los servidores judiciales, abogados, usuarios y ciudadanía en general. (Lea: Se levanta mañana la suspensión de términos judiciales, pero no habrá atención presencial)

 

En tal sentido, el 21 de agosto ordenó prorrogar la restricción de acceso a las sedes judiciales dispuesta en el acuerdo indicado hasta el 31 de agosto del 2020. (Lea: Canales de atención virtual de la Corte Suprema y sus salas Civil y Laboral)

 

Hasta esa fecha ningún servidor judicial ni usuario del servicio público de administración de justicia podrá ingresar a las instalaciones judiciales, salvo que sea absolutamente indispensable, caso en el cual debe cumplirse con los protocolos de ingreso establecidos en los acuerdos del Consejo Superior de la Judicatura y las circulares de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial.

 

 

 

 

Trabajo en casa

 

Se continuará el trabajo en casa y la no atención presencial al público y a los usuarios. Además, se seguirán utilizando las herramientas electrónicas, los medios técnicos de comunicación simultánea y, en general, los canales establecidos por el Consejo Superior de la Judicatura.

 

De la presente restricción se exceptúan los despachos judiciales de los municipios denominados no covid.

 

Este acuerdo rige a partir de la fecha de publicación en la gaceta de la judicatura.

 

Acuerdos anteriores

 

Cabe precisar que el Consejo Superior de la Judicatura suspendió los términos judiciales, estableció algunas excepciones y adoptó otras medidas por motivos de salubridad pública y fuerza mayor mediante los siguientes acuerdos: PCSJA20-11517, PCSJA20-11518, PCSJA20-11519, PCSJA20-11521, PCSJA20-11526, PCSJA20-11527, PCSJA20-11528, PCSJA20-11529, PCSJA20-11532, PCSJA20-11546, PCSJA20-11549, PCSJA20-11556, PCSJA20-11567, PCSJA20-11597 y PCSJA20-11614 del 2020.

 

Toda la información sobre estas medidas y los canales virtuales y electrónicos que se han dispuesto para atender a los ciudadanos pueden ser consultados en el sitio web de la Rama Judicial: www.ramajudicial.gov.co

 

Consejo Superior de la Judicatura, Acuerdo PCSJA20-11622, Ago. 21/20.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)