Existe legalidad de acuerdos conciliatorios en aquellos eventos en que la prestación sin contrato se refiera al servicio de educación (2:52 p.m.)
26 de Febrero de 2010
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Nota:
64380
El Consejo de Estado recordó la aplicación de la figura del enriquecimiento sin causa cuando una entidad busca cobrar una obligación contractual debida por el Estado sin la existencia de un contrato escrito. De igual forma, indicó que esta tesis ha sido aligerada para dar paso a la aceptación de acuerdos conciliatorios en aquellos eventos en los que
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