Corte Constitucional reitera cuáles son los requisitos para reconocer la pensión de invalidez (2:40 p.m.)
27 de Agosto de 2010
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Nota:
68436
La Corte Constitucional recordó que desde la Sentencia C-428 del 2009 para acceder a la pensión de invalidez no es necesario cumplir con el requisito de fidelidad, por lo que para su reconocimiento solo es necesario haber sido declarado inválido y haber cotizado 50 semanas dentro de los últimos tres años inmediatamente anteriores a la fecha de estructuración o al hecho causante de la invalidez. Por esa razón, debe prosperar toda tutela que pretenda el reconocimiento de una pensión de invalidez que ha sido negada por no haberse cumplido el requisito de fidelidad en la cotización al Sistema General de Pensiones (M.P. Juan Carlos Henao Pérez).
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