Corte Constitucional aclara cuándo es procedente la tutela para discutir el despido sin motivación de funcionarios nombrados en provisionalidad en cargos de carrera (2:51 p.m.)
20 de Agosto de 2010
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Nota:
68052
La Corte Constitucional indicó que aunque la tutela procede para exigir la motivación de un acto administrativo, esta no es viable cuando la autoridad nominadora desvincula del servicio sin justificación a un empleado que ocupa en provisionalidad un cargo de carrera. La corte aclaró que en estos casos la administración incurre en una desviación de poder, pero que la acción de tutela no es la vía adecuada para dirimir la controversia, pues se debe acudir a la jurisdicción de lo contencioso administrativo. Sin embargo, precisó que solo procedería la tutela como mecanismo transitorio, para lo cual es necesario demostrar un perjuicio irremediable y garantizar que el afectado acuda oportunamente ante un juez de lo contencioso administrativo (M.P. Mauricio González Cuervo).
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