Precisan el alcance de la contratación directa en las fases de atención humanitaria y rehabilitación de los damnificados por el invierno (12:04 p.m.)
24 de Marzo de 2011
Reproducir
Nota:
72062
La Corte Constitucional se pronunció sobre la constitucionalidad del Decreto 4830 del 2010, que modificó el 4702 del mismo año y que fue expedido al amparo de la emergencia económica, social y ecológica por la fuerte ola invernal. El decreto introdujo algunos cambios, como agregar la rehabilitación económica del sector agrícola, ganadero y pecuario a la destinación de las transferencias de recursos y la posibilidad de contratar directamente, por el régimen privado y con los recursos de transferencia, las fases de atención humanitaria y rehabilitación de los damnificados. Respecto de esta última modificación, la corporación precisó que estas contrataciones solamente se someten a los requisitos y formalidades que exige la ley para la contratación entre particulares y que la flexibilización de la contratación garantiza que las víctimas sean atendidas con la mayor prontitud. Sin embargo, aclaró que en la fase de rehabilitación, que se extiende entre el 2011 y 2014, la situación debe regularse por la contratación estatal. Así, señaló que este régimen de contratación solo regirá por un periodo máximo de un año (M.P. Humberto Antonio Sierra Porto).
Opina, Comenta