No es desproporcionado restringir el acceso a Transmilenio a personas que lleven paquetes grandes (4:14 p.m.)
27 de Octubre de 2010
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Nota:
69388
La Corte Constitucional señaló la importancia del derecho de locomoción como presupuesto para el ejercicio de otros derechos y garantías fundamentales y explicó que puede tener restricciones directas, como las limitaciones legales para la prestación del servicio del sistema Transmilenio, o limitaciones indirectas, como en los casos en que no se garantiza la libertad de locomoción a personas discapacitadas en condiciones de igualdad. El tutelante señalaba que se le vulneraban sus derechos a la igualdad y a la libertad de locomoción, toda vez que no se le dejaba ingresar al sistema con un “carro metálico con filo”, en el que carga sus elementos personales. A juicio del alto tribunal, la regla de convivencia en Transmilenio consistente en no permitir el ingreso de personas con paquetes grandes no es desproporcionada, pues esa medida busca la protección del derecho a la movilización en las mejores condiciones de acceso (M.P. Mauricio González Cuervo).
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