La notificación por medios electrónicos debe ser utilizada conjuntamente con otros medios de comunicación para garantizar los derechos de defensa e igualdad (1:11 p.m.)
08 de Noviembre de 2010
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Nota:
69195
El legislador ha previsto válidamente como excepciones al principio general de notificación de los actos administrativos de carácter personal, la publicación de una lista en un lugar público o cualquier otro sistema de notificación válido, como los medios electrónicos destinados al suministro u obtención de información. La Corte Constitucional recordó que la notificación por medios electrónicos debe ser utilizada conjuntamente con otros medios principales de comunicación admisibles, como la transmisión en medio masivo de comunicación o la fijación en lista en lugar público, dado que el servicio de internet no es accesible a todas las personas. De esa forma, se garantizan los derechos de defensa e igualdad. La corte tuteló los derechos fundamentales de varios campesinos, afectados por una ola invernal, que fueron excluidos de los apoyos directos del Gobierno por medio de decisiones que se dieron a conocer a través de la página web interna del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (M.P. Jorge Iván Palacio Palacio).
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