La interrupción voluntaria del embarazo constituye un derecho fundamental en los tres casos autorizados por la ley (5:07 p.m.)
14 de Diciembre de 2010
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Nota:
70145
Cuatro años después de que la Corte Constitucional despenalizó el aborto en tres casos especiales, decenas de mujeres gestantes siguen enfrentado los riesgos de interrumpir su embarazo en condiciones que pueden causarles la muerte o dejar secuelas en su salud. Para ponerle fin a esa situación, la Corte le ordenó a la Superintendencia Nacional de Salud adoptar un protocolo de diagnóstico rápido que deberán aplicar las IPS y las EPS cuando una paciente pida que se le practique la interrupción voluntaria de su embarazo. Así lo dispuso, al resolver el caso de una mujer que pidió que se le practicara el procedimiento, por razones emocionales. La Corte advirtió que el protocolo de diagnóstico rápido debe incluir una valoración de la salud mental de la paciente. Señaló que en los tres casos aprobados por la ley, la interrupción voluntaria del embarazo constituye un derecho fundamental (M.P. Humberto Sierra).
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