La aplicación del principio de autonomía universitaria no justifica que se violen las normas superiores que regulan el funcionamiento de las universidades (10:38 a.m.)
10 de Noviembre de 2010
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Nota:
70058
El Consejo de Estado declaró la nulidad de un acuerdo expedido por el consejo superior de la Universidad Nacional de Colombia, en el que se establecía que para ser elegido representante profesoral ante los cuerpos colegiados se debía tener al menos la categoría de profesor asociado. La Sección Primera encontró que el consejo superior desconoció las normas del Decreto 1210 de 1993 y las disposiciones del estatuto general universitario, en los que se permite que todos los profesores de carrera, sin importar su categoría, puedan ser elegidos representantes de su estamento. Según el alto tribunal, la aplicación del principio de autonomía universitaria no justifica que se violen normas superiores que reglamentan el funcionamiento del ente universitario, ni autoriza a que desconozcan sus propios estatutos (C.P. María Claudia Rojas Lasso).
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