12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 12 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


El poder conferido al abogado dentro de un proceso ordinario no comprende la facultad de interponer acciones de tutela (10:48 a.m.)

01 de Marzo de 2011

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Nota:
71589
La Corte Suprema de Justicia recordó que el poder conferido a un profesional del derecho dentro de un proceso ordinario no comprende la facultad de interponer acciones de tutela en nombre de su representado cuando quiera que se discutan infracciones a garantías fundamentales. Según el alto tribunal, se trata de dos procesos con independencia, características y reglas propias. Además, los poderes especiales conferidos a los abogados no le transfieren los derechos fundamentales de su poderdante (M.P. Arturo Solarte Rodríguez).

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