Declaración de interdicción no se puede usar para demostrar invalidez y tener acceso a beneficios pensionales (9:43 a.m.)
04 de Enero de 2012
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Nota:
78012
La discapacidad laboral, que debe demostrarse para efectos pensionales, solo puede determinarse a partir de la calificación que realicen los sujetos competentes para ello, siguiendo el procedimiento establecido por la ley. Por tanto, las declaraciones de interdicción que certifican los jueces de la República solo pueden usarse para efectos civiles, pero no para situaciones que impliquen el reconocimiento de prestaciones sociales. Así lo señaló la Corte Constitucional al negar una tutela interpuesta por una persona en representación de su hermano interdicto, que buscaba el reconocimiento de la pensión de sobreviviente debido a su condición. La Sala señaló que la decisión no significa que el accionante no tenga derecho a ninguna prestación, sino que no es el juez de tutela el llamado a dar respuesta a este tipo de controversias, por cuanto esto implicaría una suplantación del juez competente que debe determinar si se cumplen los supuestos para dicha reclamación (M. P. Humberto Sierra).
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