Corte se inhibió para pronunciarse de fondo frente a demanda contra norma que permite usar vigencias futuras en la financiación de proyectos de gasto público (10:55 a.m.)
17 de Febrero de 2012
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Nota:
79328
La Corte Constitucional se declaró inhibida para emitir pronunciamiento de fondo respecto de los cargos de inconstitucionalidad propuestos frente al artículo 11 de la Ley 1450 del 2011 (Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014), en el que se establece la posibilidad de que las entidades territoriales utilicen el mecanismo de las vigencias futuras excepcionales para aquellos proyectos de gasto público en los que exista cofinanciación nacional. Para la Corte, la norma no tiene el carácter restrictivo que le atribuía el actor, esto es, limitar la capacidad a las vigencias presupuestales futuras para la financiación de un proyecto a ser ejecutado con recursos propios de las entidades territoriales. Por el contrario, entraña la posibilidad de que estas puedan acceder a las vigencias futuras cuando exista un proyecto cofinanciado con el gobierno central. De otra parte, declaró exequibles los artículos 13, 14, 20, 22, 23, 24, 49 y 175 de la misma ley, acusados de desconocer los principios de autonomía territorial y unidad de materia. La magistrada María Victoria Calle se reservó la posibilidad de presentar una aclaración de voto (M.P. Mauricio González Cuervo).
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