Corte se inhibe para pronunciarse sobre confesión en la JEP (8:00 a.m.)
27 de Noviembre de 2019
Reproducir
Nota:
112766
La Corte Constitucional se declaró inhibida para pronunciarse sobre la demanda relacionada con la confesión mediante aceptación de la autoría o participación en la comisión de delitos por parte del compareciente a la jurisdicción especial para la paz (JEP). En la sentencia, el alto tribunal determinó que el accionante argumentó la vulneración del principio dialógico, el cual es de origen legal, no constitucional, por lo que no procedió con el estudio dicho cargo. Por otro lado, el demandante alegó una vulneración al sistema de incentivos condicionales o régimen de condicionalidad, pues los comparecientes al proceso pueden realizar confesiones con el fin de evitar consecuencias jurídicas y ello puede impedir que se conozca sobre responsabilidades colectivas, afectando así la satisfacción del derecho a la verdad de las víctimas. Al respecto, la Corte determinó que el accionante realizó interpretaciones subjetivas de la norma, que no corresponden a su contenido textual y, en consecuencia, no tiene asidero alguno realizar un pronunciamiento de fondo sobre el asunto (M. P. Antonio José Lizarazo).
Opina, Comenta