Corte Constitucional reiteró que el derecho a la educación de los menores incluye el fácil acceso geográfico a la institución (2:10 p.m.)
30 de Noviembre de 2010
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Nota:
70428
La obligación que la Constitución le impone al Estado de asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo incluye la accesibilidad geográfica de las instituciones, señaló la Corte Constitucional al tutelar este derecho a un grupo de menores que debían desplazarse una gran distancia para recibir sus clases de educación básica. La Sala Octava de Revisión ordenó inaplicar un decreto de la Secretaría Departamental de Educación de Santander, mediante el cual se ordenó el cierre de una institución educativa y el traslado del profesor asignado a dicha escuela, por tener muy pocos alumnos. Según la corte, el cierre de la institución obligaba a los menores a desplazarse grandes distancias para acceder a su educación, vulnerándose su derecho fundamental, por lo que ordenó que se nombrara nuevamente un docente para el establecimiento educativo (M. P. Humberto Sierra Porto).
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