Corte Constitucional reitera que se debe observar el debido proceso en los trámites previstos para definir la situación militar (9:26 a.m.)
09 de Junio de 2011
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Nota:
73905
La Corte Constitucional reiteró que como el Ejército Nacional es una institución que hace parte de la Rama Ejecutiva, sus actuaciones, incluso las que se relacionan con la definición de situación militar, deben demostrar absoluto respeto por el derecho al debido proceso. De esta forma, recordó que en ese trámite se debe demostrar que se trata de una resolución debidamente motivada, que se notificó al afectado y en donde se le informó sobre la procedencia de recursos para controvertir la decisión. La corte explicó las etapas que conforman el trámite mencionado y la forma de liquidar la compensación militar. Por ello, señaló que cuando se trata de una persona con independencia económica no se pueden pedir documentos que acrediten los ingresos y el patrimonio del núcleo familiar, sino aquellos que se demuestren su situación económica particular (M.P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub).
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