Servicios de asistencia técnica internacional prestados a Colombia no están sujetos al impuesto de renta (3:17 p.m.)
28 de Junio de 2011
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Nota:
74382
Los servicios de asistencia técnica financiados por la Comunidad Europea que prestan a Colombia sociedades extranjeras sin domicilio en el país no están sujetos a los impuestos directos relacionados con la ejecución del contrato, en virtud de convenios de cooperación. Es decir, la persona jurídica que presta el servicio no está obligada al impuesto sobre la renta ni al mecanismo de retención en la fuente por los ingresos percibidos. Así lo precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en concepto de junio.
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