Criterio competencial orgánico aplica ante hallazgos administrativos sin ejecución de recursos (7:00 a.m.)
07 de Mayo de 2018
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Nota:
60832
Si los hallazgos administrativos que podrían dar lugar a un proceso administrativo sancionatorio fiscal no están asociados a la ejecución presupuestal de recursos, bien porque se trata de obligaciones legales que no tienen recursos comprometidos o que no comportan el uso de los mismos, sino a actuaciones previas que se deben realizar en acatamiento de la Ley 1448 del 2011, sobre víctimas del conflicto armado, para el caso bajo análisis procede la aplicación del criterio competencial orgánico, es decir, la ubicación de la entidad en la estructura del Estado es la que determina la contraloría competente. Así las cosas, indicó la Contraloría General de la República, si el plan de acción territorial debía diseñarlo e implementarlo el departamento la competencia corresponde a la contraloría departamental.
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