Corte reitera que madres cabezas de familia tienen una prerrogativa especial de estabilidad reforzada (2:01 p.m.)
04 de Junio de 2010
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Nota:
66790
La Corte Constitucional reiteró que en los procesos de reestructuración de entidades públicas se debe velar por la protección de los derechos fundamentales de sus trabajadores, en especial de los sujetos de especial protección. Añadió que cuando los cargos los ocupan mujeres madres cabeza de familia se debe, en lo posible, reintegrarlas. Si esto no se puede, entonces debe hacer los mayores esfuerzos para reubicarlas. El pronunciamiento lo hizo la Sala Segunda de Revisión al amparar los derechos al mínimo vital y a la estabilidad laboral reforzada de una ex empleada de la Empresa de Servicios Públicos de La Virginia (Risaralda). La corte ordenó su reintegro a un cargo similar, pues pese a su condición de madre cabeza de familia se le retiró del cargo por supresión del mismo y se argumentó que un tercero bajo la figura de contrato de prestación de servicios sería contratado para realizar las funciones asignadas al cargo (M. P. María Victoria Calle).
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