Amenazas de sanción en instituciones educativas pueden ser violatorias del debido proceso (10:54 a.m.)
28 de Enero de 2011
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Nota:
71471
La Corte Constitucional reiteró que las sanciones en las instituciones escolares deben respetar el derecho al debido proceso, so pena de que las mismas queden sin validez y legitimidad por afectar el derecho fundamental a la educación. La amenaza de imponer una sanción por parte del colegio constituye una violación a las reglas propias del debido proceso, por ser un medio de coacción, dependiendo del grado de afectación que tenga sobre un estudiante. Sin embargo, explicó que el juez de tutela tiene el deber de valorar, en cada caso, además de la protección al debido proceso el correcto desarrollo de los procesos pedagógicos en la institución educativa. Así lo señaló la sala al tutelar el derecho a la educación de un joven a quien se le amenazó con imponer sanción de matrícula condicional por participar dentro de un grupo de Facebook que manifestaba su inconformidad con la rectora del colegio. En el fallo, la corte reiteró que en los manuales de convivencia no se pueden incluir normas que vayan contra la jurisprudencia de la Corte, como prohibir el acceso a la institución de personas casadas o embarazadas (M. P. María Victoria Calle).
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