15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Online

El precio de la verdad

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Alejandro Sánchez
Abogado penalista, doctor en Derecho y conjuez de la Corte Suprema de Justicia
X: @alfesac

Vamos a suponer que un integrante de una peligrosa banda criminal dedicada a robar bancos es capturado y quiere colaborar con la justicia a cambio de un preacuerdo o un principio de oportunidad. El capturado ofrece entregar al resto de integrantes de la organización criminal. Hay un problema: en farras y regalos, se gastó su parte del botín.

Entonces, llama a su abuelita, que lo ha criado como a un hijo, y le pide que la casita que le regaló para que viviera el resto de sus días, comprada con el dinero hurtado, la entregue al Estado, a lo cual ella accede. Surge otro contratiempo: la Fiscalía le pide contratar una firma avaluadora que certifique el valor comercial de la propiedad y asumir los gastos notariales y de registro para la transferencia del título; además, coordinar con la entidad que recibirá el inmueble, para que el funcionario competente saque tiempo de su apretada agenda y firme la escritura correspondiente; la pobre viejecita no tiene ni dinero ni fuerza para cumplir el engorroso trámite.

Este personaje no podrá terminar de manera anticipada el proceso, pues la pena a imponer es draconiana, y privado del estímulo punitivo, seguirá el consejo que ya sus compañeros de celda (o su defensor) le habrán dado, para que apueste por el juicio y prenda velas al santo de la prescripción. El resto de la banda seguirá en lo suyo, disfrutando de la fortuna mal habida y planeando nuevos golpes. El Estado, por su parte, gastará el dinero de los contribuyentes en fiscales, investigadores, procuradores y jueces mientras dure el paquidérmico juicio.

Lo artificial del ejemplo descrito no desdice de lo real del panorama procesal. Y no es que se diga que el reintegro de lo apropiado no sea importante, pero no siempre debería ser lo más importante.

Situaciones similares se presentan en casos de corrupción, donde gobernantes, contratistas o particulares que intervinieron en el delito invierten lo apropiado en operaciones de terceros o simplemente lo despilfarran.

La Fiscalía debe tener la posibilidad de ponderar. Si la información es de tal importancia que permite desarticular la organización, castigar a las cabezas, impedir la impunidad o la reiteración de la conducta, lo adecuado no es negar el acuerdo o el principio de oportunidad; debería sopesarse qué tan importante es recuperar lo apropiado frente a las otras finalidades en juego.

Si, además, ya la Fiscalía ha detectado bienes que fueron adquiridos con los recursos ilícitamente obtenidos y el procesado o terceros están en disposición de reintegrarlos, la decisión de un juez para que se transfieran al Estado debería ser suficiente; puede ser el juez de garantías o el de conocimiento. Sin más trabas.

En esa perspectiva, la Fiscalía debe contar con expertos en avalúos comerciales de bienes; hasta hace poco no había, entre los miles de investigadores y profesionales del ente acusador, un solo especialista que pudiera apoyar esta tarea.

La sociedad y las víctimas requieren que la Fiscalía recupere las fortunas ilícitas de los criminales y agote todos los esfuerzos razonables por encontrarlas; tampoco sería bien visto que luego de cumplir irrisorios castigos aquellos salieran a disfrutarlas. El sistema, en esa línea, debe habilitar que, si aquellos engañan a la justicia ocultando bienes, maniobra que luego se descubre, puedan ser nuevamente procesados por fraude y ahí sí recibir innegociables sanciones.

No obstante, si agotados medios razonables, se constata que aquellos despilfarraron las ganancias o están en manos de terceros que no quieren reintegrarlas, debería existir la posibilidad de ponderar la importancia de la colaboración ofrecida para el desmantelamiento de organizaciones y la recuperación eficiente de fortunas en manos de terceros o trasladar este cometido a figuras como la extinción de dominio, las acciones administrativas, el incidente de reparación integral, etc.

Flaco favor se presta a la justicia y más bien se premia a los delincuentes que siguen activos, si solo por razones económicas la verdad queda enterrada y las estructuras criminales festejando. O si el Estado gasta más recursos procesando integralmente el delito, en comparación con lo que económicamente está en juego.  

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