11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 3 hours | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Online

El caso Messi y los contratos laborales en el futbol

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José Alejandro Sierra

Asociado del equipo de Derecho Deportivo

Brigard Urrutia

 

El debate alrededor de la cláusula de rescisión que invocó el futbolista Lionel Messi para retirarse del Barcelona expuso la naturaleza jurídica de las relaciones laborales en el fútbol. En este tipo de contratos las partes tienen un marco preciso para finalizar los contratos de manera unilateral y sin justa causa. Los motivos para limitar la libre rotación de jugadores de un club a otro en medio de una temporada o en fechas distintas a la pactada son importantes para el equilibrio de la competencia en los torneos.

 

Así, el deporte tiene dos dimensiones, la económica y la social, con un alto impacto en la sociedad. De manera que garantizar la incertidumbre sobre los resultados y mantener el equilibrio competitivo entre los clubes es esencial. El principio de estabilidad contractual gobierna las relaciones contractuales en el fútbol, por lo que, si se termina la relación laboral sin justa causa, por cualquiera de las partes, se prevé la imposición de una sanción económica y en algunos casos sanciones deportivas en contra del infractor.

 

El propósito es evitar que la competencia se perjudique por el traspaso de jugadores en el transcurso de un torneo. Los equipos han planeado una estrategia para la competición y podrían afectarse. A su vez, los jugadores corren el riesgo de no encontrar otro club empleador en medio de una competencia, pues la negociación clubes-jugadores y la inscripción en los torneos tiene tiempos fijos.

 

La terminación unilateral del contrato puede darse en cualquier momento si hay justa causa, con ocasión de una conducta abusiva. Ahora bien, la fecha de terminación está ligada a la finalización de una temporada o a la fecha acordada por las partes siempre que la temporada haya culminado. De esta forma, si no hay justa causa, el jugador no puede terminar la relación contractual sin consecuencias en su contra, como el pago de una indemnización que podría ser extensiva al nuevo club empleador.

 

Las consecuencias derivadas de la terminación unilateral y sin justa causa podrían ser preacordadas entre las partes, determinando voluntariamente en el contrato la cuantía de la indemnización derivada de esa decisión, siempre que ese acuerdo no vulnere los derechos mínimos de las partes, en especial los del jugador, que es la parte débil de la relación laboral. Estas son las denominadas cláusulas de rescisión.

 

La inclusión de cláusulas de rescisión muy beneficiosas para los jugadores no es común en el fútbol, pero son válidas. Esto solo ocurre con jugadores muy reconocidos y de alto prestigio, los cuales para obtener el beneficio acordado deben acatar los términos pactados en el contrato.

 

Así, nada se opone a que las partes puedan pactar la ausencia de pago de indemnización por la terminación unilateral y sin justa causa del contrato de trabajo, si se cumplen ciertas condiciones en cabeza del jugador, por ejemplo, como podría ser el establecimiento de una fecha límite para que este comunique dicha decisión al club, a lo cual el jugador solo podría obtener ese beneficio, si da cumplimiento a la condición pactada.

 

En el evento de surgir una controversia es imprescindible conocer las regulaciones del fútbol y la ley laboral que aplica a cada caso. La indemnización puede ser graduada por la autoridad correspondiente teniendo en cuenta la edad del jugador, el tiempo restante del contrato, las situaciones de hecho corroboradas, la buena o mala fe de las partes, entre otros aspectos. Si no hay un acuerdo amigable entre las partes, es necesario un arbitraje o acudir a las vías judiciales.

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