15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Online

Los derechos de autor y derechos conexos de los artistas emergentes

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Ángel Montealegre Rodríguez

CEO L&M Business and Entertainment

En Colombia es común deleitarse con las manifestaciones artísticas que nacen en cada una de las regiones del país. Es así como las industrias creativas, la industria musical y del entretenimiento están, día a día, abriéndose pasos agigantados en el mercado nacional e internacional, tanto así que muchos empresarios, emprendedores, productores y artistas se dirigen al país para crear la materia prima de sus productos artísticos, los cuales luego son comercializados a nivel mundial.

Pero, ¿cómo los artistas que recién incursionan en esta industria protegen nacional e internacionalmente sus derechos de autor, derechos conexos y su propiedad intelectual?, ¿dónde deben realizar el registro de sus creaciones, sus marcas y sus innovaciones artísticas?, ¿cuándo pueden acceder a dicha protección legal y por cuánto tiempo?, ¿qué pasa si una persona plagia sus obras?, ¿por qué es importante contar con el registro de sus creaciones?

En mi práctica profesional en el campo de la industria musical y del entretenimiento, protegiendo y capitalizando los derechos intangibles de propiedad intelectual de los creadores de la materia prima en las industrias creativas, me he visto abocado a una realidad jurídica adversa para los compositores y/o artistas que incursionan en la industria de la música y, en general, en la industria del entretenimiento. Precisamente, la carencia de información legal, la ausencia de formalidad en sus acuerdos contractuales, la carencia de conocimiento en la recopilación de sus regalías y la falta de educación respecto del negocio de la música y del entretenimiento son lo que impiden, drásticamente, la evolución en sus procesos artísticos y, en muchos casos, la pérdida de dinero, tiempo y esfuerzo.

Es por eso que deseo suministrar una pequeña guía o tips para aquellos que desconocen todo relacionado con derechos de autor, los derechos conexos y la forma correcta de proteger y capitalizar los activos intangibles de propiedad intelectual. Así los resumo:

(i) Registre sus creaciones artísticas en la Dirección Nacional de Derecho de Autor de Colombia o de su país de origen.

(ii) Asegúrese de contar con la documentación legal (split sheet, work for here, etc.) que acredite su titularidad y/o participación en las obras musicales o fonográficas antes de lanzarlas o publicarlas (lo que no está escrito no existe).

(iii) Registre sus obras musicales y fonográficas ante las sociedades de gestión colectiva que reconocen las regalías de sus derechos, según sea el caso; registre también sus obras musicales en su editora y demás fuentes de monetización. (Existen muchas más regalías que puede obtener por sus creaciones musicales y/o fonográficas, no solamente las obtenidas por distribución música streaming-download).

(iv) Asegúrese de tener una muy buena estrategia de marketing antes de lanzar su música al mercado, concéntrese en identificar y captar la atención de su público objetivo (lanzamiento sin promoción es un lanzamiento perdido).

(v) Capacitarse y escudriñar más sobre el negocio de la música le brindará ventajas competitivas y sabrá qué debe hacer y qué no puede hacer. Esto evitará tomar riesgos innecesarios y estará más cerca de lograr sus objetivos.

(vi) Asesórese con los mejores, no escatime en educarse. Antes de tomar cualquier decisión consulte a los expertos, lo que le evitará retrocesos, minimizar riesgos y tomar malas decisiones.

(vii) Si utiliza una letra o música de otro artista, debe contar con una licencia para su uso y si creó música con otros colegas asegúrese de contar con sus autorizaciones (siempre por escrito).

(viii) Aprenda a diario sobre sus regalías, fuentes de ingreso, derechos de autor, derechos conexos y capitalice su proyecto.

(ix) Evite el ego, aprenda a escuchar a su equipo y evalúe con atención sus puntos de vista.

Recuerde: la educación es la clave.

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