15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 15 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Opinión / Columnista Online

Derechos humanos y abogacía popular

167234

Freddy Ordóñez Gómez

Investigador y presidente de ILSA

Integrante del Centro de Pensamiento Amazonias (CEPAM)

Twitter: @Freddy_Ordonez

En América Latina, hablar del origen del movimiento por los derechos humanos implica hacer referencia obligada al surgimiento de las organizaciones de servicios legales alternativos o transformadores y de la abogacía popular.

Esta historia está asociada a los regímenes dictatoriales y a los gobiernos represivos, a la necesidad de la denuncia y la construcción de redes de solidaridad que permitieran la difusión de las violaciones a los derechos humanos y la falta de garantías judiciales mínimas a los prisioneros políticos, y de forma posterior, a la expansión de la acción política por parte de juristas e intelectuales de oposición que fueron más allá de la tarea de producir conocimiento, para tender puentes entre los actores sociales y el mundo de las ideas, entre el uso del Derecho y la acción política.

Estos puentes no significaban el abandono de una apuesta transformadora por la utopía minimalista de los derechos humanos como, nos recuerda Jorge González Jácome[1], exponen algunos autores, sino el uso alternativo del discurso de los derechos humanos, como lo plantea Óscar Correas[2], sin que por ello deba interpretarse que el surgimiento del movimiento de los derechos humanos en el país es “una asociación entre discurso legal y proyecto político de los actores armados”, como afirma González Jácome.

En países como Chile, la primera tarea de los opositores de la dictadura fue sobrevivir, luego reconstruir el tejido social, recuperar la democracia y disputar la construcción de la realidad, esto fue posible a través de organizaciones no gubernamentales, centros académicos y espacios de reflexión e intervención social. En Colombia, la doctrina del enemigo interno y de seguridad nacional, la existencia de un Estado de sitio permanente, cuya máxima expresión fue el Estatuto de seguridad de 1978, llevó a la obligatoria defensa de la vida, de los derechos de asociación, manifestación y huelga, el debido proceso y el acceso a la justicia, sin abandonar la demanda de “reformas audaces para llegar algún día a un orden económico con una contextura democrática y de reconocida justicia social”, como señaló Alfredo Vázquez Carrizosa en 1979.

Así, se puede identificar un momento inicial del movimiento de defensa de los derechos humanos en Colombia que se encuentra ligado a la democracia de excepción. Acá surgen, en 1972, el Centro de Investigación y Educación Popular (Cinep); el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos (CSPP), en 1973, creado con la donación hecha por Gabriel García Márquez del premio Internacional Neustadt de Literatura; la Asociación Interamericana de Servicios Legales (ILSA, 1978), con un rango de acción y sedes en América Latina y el Caribe; y, en 1979, el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CPDH), como resultado del I Foro nacional de derechos humanos, celebrado del 30 de marzo al 1º de abril de ese año.

Posteriormente, se pueden ubicar otros momentos del movimiento en el país, relacionados con la profundización de la crisis de derechos humanos o con la transformación y el avance social. Por ejemplo, la dinámica de la confrontación armada, la estipulación de la Carta Política de 1991, el reconocimiento normativo de las víctimas del conflicto armado, el Acuerdo Final de Paz firmado entre el Gobierno Nacional y las Farc-EP, y el gobierno de Gustavo Petro. Cada uno de estos está expresado en demandas y exigibilidad de derechos, así como a sujetos y grupos poblacionales.

Ahora bien, en el movimiento de derechos humanos están quienes integran las organizaciones no gubernamentales, los programas de servicios legales alternativos y quienes ejercen la abogacía popular. En un reciente encuentro, un grupo de integrantes del movimiento de derechos humanos, que se organizaron en la Red colombiana de abogacía popular indicaron que se reconocían como parte de la base social del país y se alejaban de los entendimientos tradicionales y hegemónicos del Derecho y de la abogacía, “para, desde una perspectiva crítica, hacer un acompañamiento a los sectores históricamente excluidos y negados de la sociedad, convirtiendo lo jurídico en una herramienta funcional a sus procesos emancipatorios y liberadores, a su organización colectiva y a la consecución de cambios y transformaciones estructurales de nuestra realidad”.

Existe en el país la necesidad de profundizar en la historia de los derechos humanos, desde el movimiento de defensa de estos. Se requiere configurar una narrativa que no se centre en la ratificación de instrumentos internacionales o en los avances en la jurisprudencia constitucional, sino que ponga la atención en la apuesta intelectual y política, así como en la movilización social alrededor de los derechos humanos, en la abogacía popular.

 

[1] Revolución, democracia y paz. Trayectorias de los derechos humanos en Colombia (1973-1985). Valencia: Tirant lo Blanch. Universidad de Los Andes, Facultad de Derecho, 2019.

[2] Los derechos humanos en la práctica política. En: Acerca de los derechos humanos. Apuntes para un ensayo. México: Coyoacán, 2003.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)