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16 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 53 minutos | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Online

La importancia de la educación jurídica popular

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Freddy Ordóñez Gómez

Miembro de ILSA y de Historia, Ambiente y Política (Grupo A1 Colciencias)

@Freddy_Ordonez

 

Jesús Antonio de la Torre Rangel, en su libro El derecho a tener derechos. Ensayos sobre los derechos humanos en México (México: Ciema, 2002), retoma las tareas de los abogados con espíritu democrático y vocación de servicio a los sectores oprimidos, señaladas por Oscar Correas en “La democracia y las tareas de los abogados en América Latina”.

 

Estas son, en primer lugar, el ejercicio de la profesión de abogado a través de la asesoría jurídica a sindicatos y otros sectores sociales, la defensa penal y la representación legal frente al Estado, la participación dentro del aparato administrativo estatal y en tareas legislativas y de apoyo parlamentario. En segundo lugar, la crítica jurídica, que implica el control de la práctica jurídica, así como de la creación y aplicación de leyes y resoluciones administrativas, y la elaboración de teoría crítica del derecho.

 

A las dos tareas el profesor de la Torre Rangel agrega otra: la educación jurídica-popular. Partiendo de tres elementos claves:

 

  1. El uso del derecho objetivo al servicio del pueblo debe ir acompañado de una educación jurídica al propio pueblo.

 

  1. Es muy importante que el pueblo conozca las normas y tenga una conciencia crítica de las mismas.

 

  1. Además de que el pueblo conozca sus derechos y sepa hacerlos valer críticamente, es necesario que llegue a prescindir de los profesionales del Derecho, generando en sus mismas organizaciones personas preparadas que ejerzan la abogacía.

 

La educación jurídica popular, de acuerdo con Ivanilde Apoluceno de Oliveira, promueve la socialización del saber jurídico entre líderes sociales, miembros de organizaciones populares y ciudadanos, para contribuir a la construcción de ciudadanía y la formación de sujetos de derechos, fomentar la participación en diversos espacios de decisión y la construcción del derecho a favor de las comunidades, siendo la ciudadanía, la democracia y la justicia valores básicos del proceso.

 

En Colombia, la educación jurídica popular ha sido implementada por abogados defensores de derechos humanos, ONG y agencias de cooperación internacional. Veamos dos casos.

 

La presencia de organizaciones criminales y la dinámica del conflicto armado llevó a que en el marco del Proyecto PaZcífico: entornos seguros para comunidades étnicas, liderado por Heks Eper, se adelantaran jornadas de educación jurídica popular en área rural de Quibdó sobre los riesgos y amenazas que afectan la defensa de los derechos humanos y al liderazgo social y étnico en el Pacífico.

 

El ejercicio implicó una aproximación a los decretos 1581 del 2017, 2124 del 2017 y 660 del 2018 (normativa reciente y relevante en la materia); pero además, que se retomaran los principales aspectos relacionados con el discurso de los derechos humanos, se considerara el acuerdo de paz firmado por el Gobierno y las FARC-EP, así como la situación de persecución a líderes y lideresas en el país y en la región (la Defensoría del Pueblo ha emitido más de 30 alertas tempranas entre 2018 y 2019, advirtiendo riesgos y amenazas en el Chocó biogeográfico).

 

El Decreto 632 del 2018 estipula los elementos necesarios para poner en funcionamiento territorios indígenas en áreas no municipalizadas de Amazonas, Guainía y Vaupés. El reconocimiento de estos territorios debe ser solicitado por las mismas comunidades, lo que implica que conozcan la norma y la ruta para dar vida a las entidades territoriales indígenas establecidas en la Constitución Política. Lo anterior llevó a que abogados (y otros profesionales) vinculados a la Fundación Gaia Amazonas, con amplia trayectoria en trabajo comunitario y sólida formación en derechos étnicos, se lanzaran a los ríos del suroriente del país, para conversar en las malokas con tradicionales, capitanes y comunidades sobre este nuevo paso en el reconocimiento y exigencia de los derechos de los pueblos indígenas.

 

Los ejemplos citados parten del diálogo de saberes y de una lectura espacial e históricamente situada, haciendo uso de metodologías participativas, y son muestra de ejercicios con los que se busca que las comunidades tengan herramientas para la defensa de sus derechos, su reconocimiento pleno como actores sociales y potenciar sus procesos organizativos.

 

Ahora bien, de la Torre plantea que con la educación jurídica el pueblo puede llegar a prescindir de los profesionales del Derecho. Esto no debe entenderse como la no necesidad comunitaria de contar con asesoría de organizaciones de servicios legales, que es a lo que algunos empresarios le han apostado: negociar con procesos sociales sin acompañamiento legal, fingiendo “conversar de tú a tú”, “sin intermediaciones innecesarias”, pero actuando contra esas comunidades a través de sus apoderados ante ministerios, entidades como la ANLA y jueces.

 

La propuesta del jurista mexicano se orienta a que del mismo pueblo surjan personas que ejerzan la abogacía y defiendan los intereses colectivos, algo que hoy es fundamental y muy necesario.

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