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Pasos para solicitar la restitución de un menor llevado al exterior sin permiso

El procedimiento aplica hasta que el menor cumpla los 16 años de edad.

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13 de Junio de 2025

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El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) habilitó un procedimiento gratuito y sin necesidad de abogado para que padres, madres o entidades con custodia legal puedan solicitar la restitución de menores de edad que han sido llevados al exterior sin su consentimiento. La solicitud debe realizarse en línea, a través del portal oficial del ICBF, adjuntando el formulario Haya, una carta de motivación, el registro civil del menor, el documento de identidad del solicitante, fotografías recientes y certificados que acrediten la residencia habitual del menor.

Una vez presentada la solicitud y verificada su conformidad con los requisitos del Convenio de La Haya, la Subdirección de Adopciones del ICBF remite la documentación a la autoridad central del país donde se encuentra el menor. En caso de que la documentación esté incompleta o incorrecta se solicitará la corrección correspondiente antes de proceder con el trámite. Este proceso busca proteger los derechos del niño y garantizar su retorno seguro al entorno familiar legalmente establecido. (Lea: Estos son los pasos para definir la custodia de menores)

Durante el proceso, el defensor de familia realiza una investigación sobre la situación del menor, promueve la restitución voluntaria y puede intervenir con medidas de protección en caso de que el niño esté en peligro. Si no se alcanza un acuerdo mediante conciliación, se puede acudir ante un juez de familia para solicitar la restitución por vía judicial. En determinados casos, el defensor de familia puede determinar que el menor no debe regresar a su residencia habitual, si las pruebas así lo indican.

Este procedimiento puede llevarse a cabo si el país receptor también hace parte del Convenio de La Haya y si el menor no ha cumplido aún los 16 años. Además, si los documentos deben ser enviados a un país no hispanohablante, estos deben ser traducidos al idioma oficial del país de destino o al inglés o francés, sin necesidad de traducción oficial. Las entidades involucradas en el proceso son el ICBF y el Ministerio de Relaciones Exteriores.

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