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Matrimonios entre extranjeros en Colombia deben cumplir estos requisitos

Los documentos deben estar apostillados, legalizados y traducidos si no están en español.
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21 de Mayo de 2025

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Dos personas extranjeras pueden contraer matrimonio en Colombia siempre que cumplan con ciertos requisitos legales. Es indispensable que su legislación nacional permita este tipo de unión y que ninguno de los contrayentes tenga nacionalidad colombiana. Además, el matrimonio no puede contrariar causales específicas de nulidad contempladas en el Código Civil y la Ley 57 de 1887, como lo son el parentesco directo o la existencia de un vínculo matrimonial previo.

La celebración del matrimonio entre extranjeros puede llevarse a cabo ante agentes diplomáticos o cónsules acreditados en Colombia. Para su validez, este tipo de uniones deben respetar las condiciones legales mencionadas y, posteriormente, pueden ser registradas ante una notaría. El notario tiene la obligación de verificar el cumplimiento de los requisitos antes de proceder con el registro oficial del acto. (Lea: Menores de edad podrían modificar el género en el registro civil)

Uno de los documentos esenciales para realizar la inscripción del matrimonio en el registro del estado civil es la escritura de protocolización, que recoge las diligencias administrativas realizadas para celebrar el acto. No existe un plazo límite para hacer esta inscripción, lo que permite su registro en cualquier momento, siempre que se cuente con los documentos necesarios.

Cabe señalar que los documentos expedidos por autoridades extranjeras deben ser apostillados o legalizados, según corresponda, y traducidos por un traductor oficial si no están redactados en español. Además, se reitera que solo personas extranjeras pueden casarse ante agentes diplomáticos acreditados en Colombia y que los casos de error, coacción, rapto o bigamia constituyen causales de nulidad matrimonial conforme a la legislación vigente.

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