Guía para corregir diferencias de área en matrícula inmobiliaria del predio
El procedimiento comienza con una solicitud escrita ante la autoridad competente, incluyendo pruebas.
14 de Mayo de 2025
El Ministerio de Justicia divulgó un instructivo sobre el procedimiento que deben seguir los propietarios de predios cuando el área o linderos registrados en el folio de matrícula inmobiliaria no coinciden con la realidad física del terreno. Para iniciar este trámite es necesario presentar una solicitud escrita ante la autoridad competente, la cual puede ser el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) o, en algunos casos, la alcaldía municipal correspondiente. Esta solicitud debe estar acompañada de pruebas que respalden la diferencia reportada.
Una vez recibida la solicitud, la entidad competente realizará un estudio técnico del predio, que incluye visitas de campo. Este análisis determinará si es necesario rectificar los linderos o el área. Si se encuentra un error en la información registrada, se emitirá un acto administrativo que resuelve el caso. Este documento debe ser registrado posteriormente en la oficina de registro de instrumentos públicos del lugar donde se encuentra el inmueble para actualizar la información oficial. (Lea: Formalización de tierras rurales: requisitos, costos y tipos de beneficiarios)
El trámite puede ser de corrección o actualización. La corrección busca enmendar errores en la descripción del inmueble o sus características, mientras que la actualización refleja cambios en el área o linderos debido al paso del tiempo. Para ambos procesos es indispensable verificar los datos contenidos en los certificados de tradición y libertad, así como en los documentos catastrales del municipio donde está ubicado el predio.
Por último, si el propietario desea que un abogado adelante el trámite debe otorgarle poder mediante escritura pública o por escrito autenticado ante notaría. Este poder debe especificar claramente el objeto del trámite. El propietario también puede otorgar dicho poder directamente ante la entidad de catastro al momento de presentar la solicitud.
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