Si las partes del contrato incumplen sus obligaciones, ninguna de ellas tiene derecho a pedir la resolución del contrato o su cumplimiento forzado con indemnización (2:13 p.m.)
Openx [71](300x120)
66660
11 de Junio de 2010
Escucha esta noticia audio generado con IA
La Corte Suprema de Justicia advirtió que si las partes de un contrato incumplen sus obligaciones, ninguna de ellas tiene derecho a pedir la resolución del contrato o su cumplimiento forzado con indemnización de perjuicios. A juicio de la corporación, este planteamiento se ajusta al artículo 1546 del Código Civil. Además, como la acción de resolución se orienta a obtener la terminación del contrato con reparación de perjuicios, se requiere el cumplimiento de una de las partes y el incumplimiento o renuencia injustificada de la otra. La Sala Civil precisó que frente al incumplimiento recíproco, las partes pueden solucionar la problemática terminando el contrato por la causal de mutuo disenso o exigiendo el cumplimiento sin resarcimiento de daños (M.P. William Namén Vargas).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!