Precisan presupuestos para que un laudo en conciencia sea anulado (4:00 p.m.)
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15 de Febrero de 2012
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La Sección Tercera del Consejo de Estado recordó que el fallo en conciencia es una de las causales que permite la anulación de un laudo arbitral. Al respecto, la corporación indicó que existe un fallo en conciencia cuando se omite la referencia al régimen jurídico aplicable al conflicto, no se basa en normas vigentes y prescinde totalmente de las pruebas allegadas al proceso. En ese sentido, el alto tribunal añadió que los laudos arbitrales en conciencia están proscritos del sistema jurídico interno (C.P. Enrique Gil Botero).
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