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Títulos que transfieren derechos incompletos o posesiones inscritas pueden acceder a matrícula inmobiliaria (4:21 p.m.)

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31 de Mayo de 2013

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En desarrollo del principio de publicidad y revestimiento de mérito probatorio dado por la ley a los asientos registrales, es viable que un bien raíz tenga acceso al inventario y tráfico registral inmobiliario con títulos que impliquen transferencia de un derecho incompleto o posesión inscrita, ambas circunstancias sustentadas en asientos registrales de los denominados libros del antiguo sistema registral y la consecuente apertura de su folio de matrícula inmobiliaria. Así lo indicó la Superintendencia de Notariado y Registro, que realizó algunas precisiones a las oficinas de registro. El traslado así no implica el saneamiento de tradiciones, sino publicitar la expectativa sobre un bien, acceder a futuro a uno de los modos de adquirir el dominio o sanear la titulación que conlleva la llamada falsa tradición, en virtud de la Ley 1561 del 2012, sobre titulación de inmuebles.

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