Solo la imposibilidad técnica de instalar medidores individuales permite la instalación de un medidor general (10:00 a.m.)
121708
05 de Julio de 2019
Escucha esta noticia audio generado con IA
Si en las áreas comunes no es técnicamente posible la medición individual, el prestador de servicios públicos podrá instalar un medidor general o totalizador y facturar el consumo con base en la diferencia entre el volumen total registrado por el medidor general de la copropiedad y la suma de los consumos registrados por los medidores individuales instalados en cada una de las unidades habitacionales. En estos casos, indicó la Superintendencia de Servicios Públicos, el medidor general o totalizador constituirá un mecanismo necesario para la medición del servicio que suplirá la función del medidor individual, por lo que el prestador podrá cobrar tal medidor a la copropiedad. En todo caso, advirtió, no debe confundirse la noción de medidor totalizador con la medidor de control, este último sobre el cual no se puede trasladar ningún costo al usuario.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!