Solicitar el pago de una cláusula penal descarta interpretaciones en el marco de la responsabilidad extracontractual (11:56 a.m.)
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26 de Diciembre de 2018
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La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia se negó a casar una sentencia en la que se confirmó que la demanda que pretendía el pago de los perjuicios ocasionados por el cambio de un proyecto urbanístico sin autorización estaba ubicada en el marco de la responsabilidad contractual. En efecto, si bien el casacionista reprochó la labor interpretativa del juez de segunda instancia al analizar la falta de definición del régimen en el que el demandante ubicó el resultado negativo de las expectativas que tenía sobre su inversión, la Sala respaldó la decisión cuestionada, teniendo en cuenta que una de las pretensiones se centraba en hacer efectivo el pago de la cláusula penal contenida en la escritura de venta. Para la corporación, esa petición inclina inexorablemente la balanza hacia el vértice contractual, en tanto dicha reclamación solo es posible a partir de la insatisfacción de las obligaciones derivadas de un acuerdo negocial (M. P. Margarita Cabello).
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