Servidumbre petrolera es continua, positiva, aparente y legal (10:57 a.m.)
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24 de Marzo de 2017
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La servidumbre petrolera es de las llamadas servidumbre continua, porque se ejerce de manera permanente, sin intervalos de tiempo más o menos largos y, especialmente, porque su objetivo es el transporte continuo del petróleo y sus derivados; positiva, porque el propietario del predio sirviente posee la obligación de permitir hacer algo, consistente en instalar la tubería que transportará los derivados del petróleo, así como permitir que por el predio transiten las personas que lo necesitan, con el fin de ejercer dicha servidumbre; aparente, porque puede ser apreciada u observada por el hombre o bien porque las señalizaciones utilizadas indiquen su existencia, y legal, por lo que constituye una limitación al derecho de dominio del dueño del predio que sufre la servidumbre en favor de la industria petrolera (beneficiario) para el bien colectivo. Adicionalmente, la servidumbre es considerada inseparable del predio, en especial tratándose del transporte de combustibles.
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