Sala Civil hace aclaración sobre reducción de indemnización por concurrencia de culpas (8:50 a.m.)
21 de Febrero de 2019
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Nota:
122085
Una providencia reciente de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia concluye que como la ley nada dice acerca del método ni el porcentaje que ha de tenerse en cuenta para realizar la reducción de la indemnización por concurrencia de culpas, es al juez a quien corresponde establecer, según su recto y sano criterio, y de conformidad con las reglas de la experiencia, en qué medida contribuyó la acción del perjudicado en la producción del daño (M. P. Álvaro Fernando García).
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