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Sala Civil explica perspectiva de género en las decisiones judiciales (10:20 a.m.)

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16 de Noviembre de 2018

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La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia resolvió la impugnación interpuesta contra una providencia judicial mediante la cual un tribunal concedió la tutela promovida contra un juzgado de familia y explicó que se debe entender por perspectiva de género. El accionante consideraba vulnerados sus derechos fundamentales a la vida, integridad personal, vida familiar, entre otros, con la medida de protección que se reconoció en su contra, para proteger el núcleo familiar de agresiones y violencia. La Sala indicó que el funcionario judicial tiene el deber funcional de aplicar el derecho a la igualdad dentro de las decisiones judiciales en virtud de los convenios internacionales ratificados por Colombia, para efectos de disminuir la violencia frente a grupos desprotegidos y débiles, como ocurre con la mujer. Es decir, juzgar con perspectiva de género es recibir la causa y analizar si en ella se vislumbran situaciones de discriminación entre los sujetos del proceso o asimetrías que obliguen a dilucidar la prueba y valorarla de forma diferente, lo que implica “aplicar justicia no con rostro de mujer ni con rostro de hombre, sino con rostro humano”. Consulte en la sentencia adjunta el caso concreto (M. P. Margarita Cabello Blanco).

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