Recuerdan requisitos para acreditarse como heredero de un bien al solicitar posesiones por prescripción adquisitiva
14 de Abril de 2021
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Nota:
120570
La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia precisó que para acreditarse como heredero de un bien al solicitar la suma de posesiones por prescripción adquisitiva se debe aceptar la herencia, aportar registro civil del heredero y certificado de defunción de quien se va a suceder. Con el registro civil se acredita la vocación hereditaria y con el certificado de defunción da cuenta de la delación, en la medida en que se sucede a una persona difunta. Igualmente, indicó que la herencia o legado se defiere al heredero o legatario en el momento de fallecer la persona de cuya sucesión se trata, si el heredero o legatario no es llamado condicionalmente o en el momento de cumplirse la condición, si el llamamiento es condicional. Así mismo, recordó que antes del fallecimiento del causante se carece de la condición de heredero o legatario, pues en este caso solo se ostenta vocación hereditaria. Entonces, para ser heredero o legatario se requiere, como presupuestos indispensables, el deceso del causante y la aceptación del llamado que hace la ley (delación) (M. P. Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo).
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