Recuerdan el deber de motivar toda providencia que no tenga por única finalidad impulsar un trámite
05 de Mayo de 2020
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Nota:
115471
La Sala Civil de la Corte Suprema recuerda que el deber de motivar toda providencia que no tenga por única finalidad impulsar el trámite, reclama, como presupuesto sine qua non, que la jurisdicción haga públicas las razones que ha tenido en cuenta al adoptar la respectiva resolución, de tal manera que tras conocérselas se tenga noticia de su contenido para que no aparezca arbitraria, caprichosa, antojadiza, sino producto del análisis objetivo. Estudie la aplicación del caso concreto objeto de estudio con el documento adjunto a esta nota (M.P. Luis Tolosa).
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