Reconocimiento de la mujer por parte de los amigos del marido para validar la posesión notoria del matrimonio sería inconstitucional (11:00 a.m.)
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29 de Noviembre de 2018
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La Corte Constitucional admitió una demanda contra el artículo 396 (parcial) del Código Civil, que regula la posesión notoria del matrimonio por considerarla contraria al principio de igualdad y los derechos de la mujer. En efecto, la norma dispone que la posesión notoria del matrimonio consiste principalmente en haberse tratado los supuestos cónyuges como marido y mujer en sus relaciones domésticas sociales, y en haber sido la mujer recibida en este carácter por los deudos y amigos del marido, y por el vecindario de su domicilio en general. El demandante considera que los efectos de la norma son denigrantes para la mujer, dado que ella no tiene por qué demostrar o aparentar ante los amigos del marido tal calidad, y esta figura se debe materializar en el momento de concurrir los mismos derechos y deberes en la pareja, donde cada uno tenga igual liderazgo y libertades. Finalmente, solicita la declaratoria de inexequibilidad parcial de la norma (demandante: Yeison Barón Sánchez).
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