Procuraduría se pronuncia sobre norma del CGP relacionada con bienes inembargables (2:52 p.m.)
03 de Abril de 2019
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Nota:
112575
La Corte Constitucional estudia una demanda de inconstitucionalidad contra el numeral 10 del artículo 594 de la Ley 1564 del 2012 (Código General del Proceso), que establece dentro de los bienes inembargables los destinados al culto religioso de cualquier confesión o iglesia que haya suscrito concordato o tratado de derecho internacional o convenio de derecho público interno con el Estado colombiano. Esto por cuanto, a juicio del demandante, constituye una diferenciación injustificada frente a los creyentes de otras congregaciones religiosas por no contar con un vínculo o convenio con el Estado. Ahora bien, y en reciente pronunciamiento, el Ministerio Público le solicitó a la Corte respaldar esta norma, pues esta reafirma, en su concepto, el carácter laico del Estado colombiano al establecer relaciones de cooperación con diversas confesiones religiosas y observando, a su vez, la igualdad entre las mismas.
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