Nuevamente, admiten demanda contra causales de divorcio (2:42 p.m.)
17 de Mayo de 2019
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Nota:
111823
Por considerar que desconoce la libertad, autonomía individual y dignidad humana, fue demandado nuevamente el artículo 154, numeral 9° (parcial) del Código Civil, que regula las causales de divorcio y la separación de cuerpos, así como sus efectos. Para la demandante, no hay justificación constitucional válida para que se exija la concurrencia de la voluntad de ambos contrayentes al momento de solicitar ante un juez el divorcio, con la supuesta finalidad de proteger la familia, pues aquella puede estar constituida sin ningún problema por padres separados que comparten la custodia de sus hijos. Además, indica, uno de los elementos esenciales del contrato de matrimonio es el consentimiento en el momento de su celebración y durante el tiempo de su ejecución, por lo que la imposición de causales desconocería la libertad contractual. En ese orden, solicita la inexequibilidad del aparte “ambos cónyuges” o, en su defecto, el condicionamiento de la norma, en el entendido de que cualquiera de los cónyuges pueda iniciar el proceso de divorcio (demandante: Andrea del Pilar Rojas).
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