Noticias de medios de comunicación no tienen la entidad suficiente para ordenar el cambio de radicación de un proceso (8:33 a.m.)
23 de Abril de 2013
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Nota:
88131
La Corte Suprema de Justicia precisó que las impresiones de páginas de internet de medios de comunicación que dan razón de un atentado no son elementos probatorios que tengan la entidad suficiente para tener por cierta la ocurrencia de una o varias de las causales que justifican el desplazamiento de un despacho o cambio de radicación. En este sentido, la Sala Civil explicó que el cambio de radicación constituye una excepción a los factores de competencia territorial y tiene como finalidad preservar el orden público, la imparcialidad o la independencia en la administración de justicia, las garantías, la publicidad del juzgamiento y la seguridad e integridad personal de los sujetos procesales o de los funcionarios judiciales, según lo prevé el artículo 46 de la Ley 906 del 2004 (Código General del Proceso). Así, solo es procedente proponerla con fundamento en uno o varios de los motivos señalados, siempre y cuando se motive suficientemente y se acompañen las pruebas que le sirvan de soporte, agregó (M.P. Fernando Giraldo Gutiérrez).
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