Civil
Registradores de instrumentos públicos deben reportar información sobre órdenes judiciales de Justicia y Paz
17 de Marzo de 2014
Con el fin de llevar un registro de las órdenes judiciales proferidas por la Fiscalía General de la Nación o los magistrados de Justicia y Paz, adelantar un seguimiento y contar con datos estadísticos precisos, la Superintendencia de Notariado y Registro les solicitó a los registradores de instrumentos públicos enviar a la Superintendencia Delegada de Protección y Formalización y Restitución de Tierras la constancia de inscripción o notas devolutivas de órdenes de embargo o cualquier otra medida cautelar.
Además, les pidió enviar la inscripción de denuncias de desplazamiento, bienes recibidos por el Fondo de Restitución para la Reparación de Víctimas, bienes denunciados ante la Fiscalía como despojados, sentencias de extinción de dominio, entre otros documentos.
Cabe recordar que, en diciembre pasado, el Gobierno adoptó medidas para articular las leyes de Justicia y Paz y de Víctimas y Restitución de Tierras (Ley 1448 del 2011). La disposición, que establece un marco general para el proceso penal especial de Justicia y Paz, contiene un conjunto de normas para organizar el sistema de alistamiento, recepción, transferencia y administración de bienes entre las autoridades encargadas de la ejecución de las leyes 1448 y 975 del 2005.
Así mismo, regula aspectos como la aplicación de las causales de terminación del proceso penal y la evaluación del cumplimiento de los requisitos para la sustitución de la medida de aseguramiento.
Por otro lado, según las estimaciones de la Fiscalía, los bienes que a la fecha tienen decretada medida cautelar son 469, que continuarían su proceso por Justicia y Paz. Los 2.635 que aún no tienen medida cautelar, pero que sí tienen solicitud de restitución en Justicia y Paz, pasarían al procedimiento especial de la Ley 1448.
(Superintendencia de Notariado y Registro, Circular 396, mar. 7/14)
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